Le acompañamos paso a paso y le contactamos por teléfono o WhatsApp. El registro inicial gratuito solo tarda un minuto.
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Envíe sus archivos en un instante. Sin citas, sin montones de papeleo, solo una rápida subida desde tu teléfono o computadora con nuestro sencillo proceso de subida.

Se le notificará automáticamente cada paso. Sabrá en todo momento lo que está sucediendo y lo que sucederá a continuación.

Nuestros especialistas se encargarán de presentar la solicitud y de todos los trámites necesarios.
Usted contará con un experto de nuestro equipo que le acompañará durante todo el proceso. Será su persona de referencia para resolver cualquier duda y atender sus necesidades de forma ágil y personalizada. Nuestro compromiso es que se sienta seguro y acompañado en cada paso, con un trato cercano y transparente.
Utilizamos tecnología moderna para automatizar los pasos repetitivos, como la generación de documentos, la gestión de plazos y el seguimiento del estado de su trámite. De esta forma reducimos errores, ganamos agilidad y le mantenemos siempre informado: nuestro sistema le envía notificaciones automáticas para que conozca cada avance sin tener que preocuparse.
Trabajamos con un modelo basado en el éxito: solo cobramos si usted recibe lo que le corresponde. Si no obtiene ningún beneficio, no tendrá que pagar nada. Así garantizamos que nuestros intereses estén siempre alineados con los suyos. Del mismo modo, no exigimos a nuestros clientes pagos por adelantado.
Nos ocupamos de todo el proceso de reclamación de su complemento. Solo necesitamos sus datos básicos y uno de nuestros expertos se pondrá en contacto con usted por teléfono para explicarle los siguientes pasos y acompañarle personalmente en cada etapa.
Respuestas rápidas sobre el complemento por maternidad y paternidad. Le explicamos sus derechos y el proceso de reclamación de forma sencilla, para que pueda obtener lo que le corresponde sin preocupaciones.
Si su pensión (jubilación, viudedad o incapacidad permanente) se reconoció entre el 01/01/2016 y el 03/02/2021 y tiene 2 o más hijos/as, puede solicitar el complemento por maternidad/paternidad. Si su pensión es posterior al 03/02/2021 y tiene 1 o más hijos/as (hasta 4 computables), podría corresponderle el complemento para la brecha de género.
El de maternidad/paternidad (2016–2021) aumenta su pensión con un porcentaje según el número de hijos/as (5 % con 2, 10 % con 3, 15 % con 4 o más). El de brecha de género (desde 2021) es un importe fijo mensual por hijo/a (máx. 4) que se actualiza anualmente con el IPC.
Para el complemento de maternidad/paternidad (2016–2021) no debe tratarse de jubilación anticipada voluntaria. En el complemento de brecha de género, en jubilación sí puede ser anticipada voluntaria.
No. En brecha de género lo percibe quien tenga menor pensión, evitando duplicidades. Si a un hombre se le reconoce el derecho al complemento de maternidad/paternidad, se abona hasta que la mujer empiece a cobrar el de brecha de género.
El complemento se añade directamente a su pensión (no es un pago aparte). Una vez reconocido, lo verá incorporado en sus nóminas mensuales de la Seguridad Social. Además, se le abonará una paga única con carácter retroactivo desde la fecha en la que nació su derecho. Esta liquidación puede tardar algún tiempo en resolverse, según los plazos de la Administración.
Le guiamos en todo: verificamos su fecha de reconocimiento de pensión y número de hijos/as, preparamos la documentación (p. ej., Libro de Familia o equivalentes, resolución de pensión) y presentamos la solicitud. Usted solo nos facilita sus datos básicos; le mantenemos informado con notificaciones y le acompañamos en cada paso.